Las PCD que consigan trabajo seguirán cobrando las pensiones
La Agencia Nacional de Discapacidad publicó en el Boletín Oficial la Resolución 34/2020 que garantiza el derecho del acceso al trabajo de las personas con discapacidad, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La medida establece que cuando una persona con discapacidad que percibe una pensión por invalidez fuera contratada laboralmente en relación de dependencia seguirá cobrando dicha asignación siempre que el sueldo no sea superior a cuatro jubilaciones mínimas neto. Implica a los tres meses del comienzo de la relación laboral la suspensión del beneficio del Programa Federal Incluir Salud, dado que la persona con discapacidad contará con una obra social. En caso de finalización de la relación laboral, mediante telegrama de despido o despido indirecto se podrá solicitar la rehabilitación del beneficio.