
Circulación de personas con TEA: guía de preguntas frecuentes
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La siguiente información está basada en decretos y resoluciones que rigen a nivel nacional.
- PREGUNTAS FRECUENTES
¿Puedo salir a la calle con un familiar con TEA en el contexto del aislamiento, social, preventivo y obligatorio?
Desde el 11 de abril de 2020, el Gobierno Nacional mediante decisión administrativa 490/2020 permite la circulación de personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia junto a un familiar o conviviente.
¿Qué documentación debo llevar conmigo en estas circunstancias?
– Documento nacional de Identidad de la persona asistida y su acompañante.
– Certificado de discapacidad en soporte papel o foto digital;
– A falta de certificado de discapacidad, con prescripción médica donde indique el diagnóstico y la necesidad de las salidas que puede ser confeccionada en forma digital.
¿Qué sucede si el Certificado Único de Discapacidad está vencido?
Los CUD vencidos entre el 1 de Enero de 2020 y el 31 de Diciembre de 2020, inclusive, se renuevan automáticamente por el término de un año a contar desde la fecha de su vencimiento, según la Resolución Nº 209/2020 emanada de la Agencia Nacional de Discapacidad en fecha 9 de Junio de 2020.
¿Qué tan lejos puedo hacer estas salidas?
La ley permite que se realicen en un límite de 500 metros de la residencia de la persona con discapacidad, respetando la distancia de 1,5 metros respecto del resto de las personas.
¿Puedo hacer estas salidas todos los días?
No, solo tres días a la semana que dependerán del último número del DNI de la persona con discapacidad. La distribución es la siguiente:
• Aquellos cuyo DNI termine en 1,2,3,4 y 5 podrán circular los lunes, miércoles y viernes.
• Aquellos cuyo DNI termine en 0,6,7,8 y 9 pueden circular los días martes,
jueves y sábado.
¿En qué casos no podré hacer los paseos?
Cuando la persona con discapacidad:
• Tenga síntomas compatibles con el COVID- 19.
• Tenga más de 60 años de edad.
• Tenga enfermedades crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística, o asma moderado o severo.
• Tenga enfermedades cardíacas, insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías o cardiopatías congénitas.
• Tenga inmunodeficiencia.
• Tenga diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
• Esté embarazada.
En el futuro, la autoridad de contralor podrá determinar otras circunstancias que impidan dicha circulación.
- PRESTACIONES DOMICILIARIAS
¿En qué casos puede un profesional brindar tratamiento en el domicilio de la persona con discapacidad?
Pueden asistir al domicilio cuando las prestaciones sean de estricta necesidad, impostergables y no puedan realizarse de forma virtual.
No se podrá brindar la prestación cuando la persona con discapacidad o alguno de sus convivientes tenga síntomas de COVID- 19 o cuando alguno de estos formen parte del grupo de riesgo (mayores de 60 años, embarazadas, o personas con enfermedades crónicas pulmonares, cardíacas, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativa de ingresar en diálisis en los siguientes seis meses, inmunodeficiencia o diabetes).
¿Qué documentación debe tener el profesional para circular hasta el domicilio de la persona con discapacidad?
Deberán portar copias del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con el diagnóstico y la necesidad de salida.
- TRÁMITE VIRTUAL DEL CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD
Procedimiento de evaluación y certificación no presencial del Certificado Único de Discapacidad (CUD) frente a la situación actual de pandemia COVID-19
¿ Puedo tramitar el CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD en forma virtual?
Si , con motivo del aislamiento social obligatorio y preventivo se recomienda la tramitación del Certificado de Discapacidad en forma no presencial, a través de videoconferencia con destino a la emisión del CUD.
¿Puedo tramitar el CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD en forma presencial?
Si, si bien es aconsejable que su gestión o renovación se realice en forma no presencial .
¿Cómo se tramita/renueva el CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD en forma no presencial?
1) Mediante el envío de la documentación a la junta evaluadora correspondiente al domicilio del solicitante vía correo postal o acordando un día para su entrega.
2) Si la Junta considera que la documentación recibida reúne los requisitos, podrá disponer un turno para realizar la evaluación, mediante la modalidad de teleconsulta por videollamada.
3) Establecido el turno para la evaluación a distancia se podrá realizar la evaluación por videollamada, en el que participarán, de manera simultánea, los/las tres profesionales de la junta y el/la solicitante.
4) Si la Junta considera que se reúnen los criterios para emitir CUD, procederá su confección dejando constancia de la modalidad de evaluación y establecerá la forma de entrega, que puede ser por correo al domicilio del solicitante/ familiar o en una dependencia pública cercana a ese domicilio.
5) Si la junta considera que no reúne todos los requisitos para la emisión del CUD quedará en condición de pendiente hasta una nueva evaluación presencial.
Para más información sobre el trámite de gestión y/o renovación del CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD HACÉ CLICK ACÁ.
Para más información sobre la vigencia de los Certificados Únicos de Discapacidad hacé click acá
- DECRETOS Y RESOLUCIONES QUE RIGEN EN TODO EL TERRITORIO ARGENTINO POR IGUAL:
–Decreto 297/20 publicado el 20 de Marzo de 2020.
–Resolución 48/2020 publicada el 29 marzo de 2020.
–Resolución 77/2020 de la agencia nacional de discapacidad publicada el 13 de Abril de 2020.
–Resolución 106/2020 y anexo (ANDIS)
-Resolución Nº 209/2020 (ANDIS)
Ante cualquier consulta sobre derechos de las personas con CEA solicitá turno para el asesoramiento legal:
Mail: serviciolegal@apadea.org.ar
Teléfono: 0810 345 2508 de lunes a viernes de 10 a 17 hs. (horario cuarentena).